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  • Consulta : 101356
  • Autor : CCARLOS
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  • Autor
    Respuesta No: 209581

  • CCARLOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola:

    Existe mucha jurisprudencia sobre el tema, desde la simple lectura de la Constitución (art.20 B II).............

    Solo basta que cheques en IUS, en la S.C.J.N o la cddhcu.