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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 19:53 2011-02-08 19:53 desde IP: 189.194.99.207
tal vez esta refiriendo a la prescripcion positiva //usucapion/
en este caso; la posesion no la vas a adquirir,(se supone que la posesion ya se dio de manera material), la vas a comprobar ,elevar ese dominio a que sea publico ante la ley, hacer prescribir cualquier accion en contra del ocupante que la ha representado como dueño,
comprobar que ha sido de 5 años si fue de buena fe,o 10 años si esta persona se posesiono de mala fe,
que la posesion ha sido pacifica , ininterruumpida y representadola publicamente como dueño.
antes investiga si alguna persona acredito la propiedad legalmente y haya de estar embargado o con anotaciones marginales sobre el mismo,el cliente puede saber algunos datos sobre supuestos dueños e investigar , personas con interes juridico pueden aparecer despues del edicto
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