- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 101261
- Autor : tuamigoabogado
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1627
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 209672
-
Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 20:11 2011-02-09 20:11 desde IP: 189.217.49.100
Sr Velazquez
Aunque esto no es un chat, le contesto es un ignorante del derecho, no tiene ni idea y no conoce la O por lo redondo, ni conoce del procedimiento administrativo, La Secretaria de educación Pública, no regula ni supervisa a la escuela del consultante, quien la regula es la secretaria de educación del estado pues solo existe un subsistema en su entidad, si no conoce ni siquiera la denominación de las autoridades, como quiere interponer un amparo, además señale por lo que veo que está muy cegatón “puede acudir directamente ante La secretaria de Educación, Rosa Beatriz Luque Greene y denunciar la ilegal suspensión del servicio educativo”
ya quisiera tener la cuarta parte del perfil de los abogados del foro o los conocimientos de ellos, mínimos del que escribe, tengo amplísima experiencia en escuelas particulares, y el problema del consultante se denomina suspensión del servicio educativo, no problemas de calendario, sus intervenciones son como usted vacuas de muy bajo perfil
se ha ganado a pulso el desprecio de todos, denota mucha soledad, y un desprecio para sus iguales, cómprese cuando al menos una mascota, todos nos percatamos que ingresa al foro a golpear, la violencia de su ciudad la trata de introducir al foro, tal vez sus paginitas web, chafas y gratuitas no le arriman que comer diciéndose especialista en lo que desconoce por completo, lo conmino para que se comporte como un profesional y no como suegra mal pagada, y estudie para no decir &%4*/?” &%4*/?” me gustaría ver esa demanda de amparo señalando a un particular ya ni un novel estudiante podría expresar tantas &%4*/?” &%4*/?” juntas
Cordialmente
Lic. Jose Juan Aguilera
-
Autor





