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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 10:22 2011-02-09 10:22 desde IP: 189.171.161.72
Lic. Aguilera:
Puede Usted darle esa interpretación si desea pero no la descontextualice con el único afán de sumarse a los paleros de Primus Tribunus y demás s del Derecho de este foro.
Fui muy claro y le repito a la consultante, exija de la SEP cualquier respuesta por escrito, y a Usted Lic. Aguilera para su mayor superación personal le informo que esta autoridad, supervisora de todo el sistema educativo nacional, incluyendo las escuelas privadas, es autoridad para efectos del amparo, y en esta materia para su conocimiento y mayor superación personal las omisiones son también "actos" reclamables en amparo. Su triste y paupérrima recomendación de ir a la PROFECO lo único que provoca es risa, a menos que le esté sugiriendo a la consultante que acuda a esa instancia a reclamar la "devolución de sus colegisturas".
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