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Fecha de respuesta: Martes 08 de Febrero de 2011 17:31 2011-02-08 17:31 desde IP: 189.171.161.72
Estimada abogada:
Salvo que la ley de profesiones de su Estado, disponga otra cosa respecto del ejercicio de la abogacía en relación a familiares, lo cual dudo mucho, desde luego que puede Usted demandar como representante legal de su mamá y de sus hermanas a su padre, o estas pueden demandar por derecho propio y autorizarle a Usted como abogada patrona y a su amiga como autorizada para oir notificaciones.
Si ante su falta de experiencia se siente limitada o incompetente, le sugiero hacerse acompañar de un abogado litigante en la materia.
Saludos cordiales.
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