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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Febrero de 2011 00:46 2011-02-07 00:46 desde IP: 189.161.39.52
Debido a que no hay confusion de limites ni linderos ni de medidas con los colindantes, tienes que tramitar 1ero catastralmente un tramite de excedencia. Si el Catastro de tu municipalidad tiene undepartamento tecnico ellos te pueden hacer el croquis, la solicitud tu la elaboras ( checa los rangos de tolerancias en la misma dependencia, lo normal es 10% en rustico y 5% en urbanos ), una vez que lo tengas tramitas en Registro Publico de la propiedad el registro de la excedencia.
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