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  • Consulta : 100962
  • Autor : JENNY E MEDINA
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  • Autor
    Respuesta No: 210297

  • JENNY E MEDINA
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    saludos. efectivamente si se pensionó por el régimen 73, puede solicitar que le devuelvan parte de la subcuenta individual, ya que algunas es para cubrir su pensión, sobretodo, la de crv, si no obtuvo un crédito por infonavit, puede solicitar la devolución de sus aportaciones,

    las de 1972 a 1992 es directamente ante el infonavit, toda vez que es muy poco lo que tienen ahí, lo duplican.

    las de 1992 a 1997, las entrega la afore

    y las de 1997 a su pensión, según el octavo transitorio delinfonavit, será para subsidiar su pensión. lo cual es inconstitucional por tanto, puede promover el juicio de amapro indirecto. para lo cual cuenta con quince días a partir de que le notifican su resolución de pensión.

     

    ahora si no lo hace en ese tiempo, tendrá que demandar ante la junta federal de conciliación y arbitraje, para lo cual cuenta con diez años.

    le sugiero que acuda a la defensoría publica federal o a la profedet, según decida la acción. ya que ahí lo podrán auxiliar gratuitamente. existen oficinas en la mayor parte de la republica. busque informac´´on en internet.