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  • Consulta : 100657
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 208698

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el aval es pagador...en cualquier momento...no necesariamente se debe requerir judicialmente en el orden ....deudor...primer aval...segundo aval....etc....

    lo que es importante es.... que si eres primer aval... y pagas....solo puedes enderezar dmanda en contra del deudor.... en cambio... si fuera.... por decirlo...cuarto aval.... puedes requerir a cualquiera de los que estan antes que tu en lista del pago....pero si lo haces primero del deudor...haz excluido y expensado de la deuda a los demas avalistas....

    esto ni los abgados lo entienden....no te preocupes tanto....paga ...eres aval... debes pagar....