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  • Consulta : 100547
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 208515

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la ppensiòn alimentaria... es por naturaleza en dinero...no en bienes inmuebles...muebles o en especie...hacerlo asì deja de ser un convenio...para convertirse en una transacciòn... revisa esa fiura en el codigo civil... en la ley te señala en forma expresa que no se puede pactar sobre la pensiòn con tiliches.....