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  • Consulta : 100512
  • Autor : zutareko
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  • Autor
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  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    los bienes embargados se van  remate ,se publica en edicto y en caso de no rematarse te puedes abjudicar el bien(o parte del bien segun el monto ) ,dicho en grandes rasgos,te sugiero aclares mas tu consulta que no espeficicas bien el estado procesal que se encuentra