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  • Consulta : 100494
  • Autor : zutareko
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  • zutareko
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    si tu abuela vive puede  otorgar nuevo testamento a quien ella desee,en el nuevo testamento debe declarar nulidad  de acto y otorgamiento del testamento anterior, por la parte alicuota que le pertenece, es decir de los bienes tu abuelo le correspondian 50 por ciento y tu abuela el otro 50 por ciento, tu abuela puede disponer de ese 50 por ciento aunque ya haya otorgado testamento, ella puede otorgar uno nuevo siempre y cuando se mencione en clausula que se nulifica o modifica su acto anterior  correspondiente a su 50 por ciento, aun en vida ella puede "cambiar"  a los herederos y nombrar nuevo incluso con nuevo albacea si lo desea.ella puede tambien ceder traspasar sus derechos de lo que le corresponde a ella (tu abuela)si puedes hablar con ella adviertele que no firme nada ante extraños , y lo que valla a hacer sea vigilado por gente de su confianza