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  • Consulta : 100252
  • Autor : bfyp
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  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Las obligaciones se acreditan con la voluntad de las partes plasmadas en un contrato en donde se establecen las condiciones, si no se formaliza nada, no se puede demandar, podría resultarte un juicio de medios preparatorios, con el riesgo de que tu deudor niegue todo, pero puedes intentarlo.