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AutorRespuesta No: 208113
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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Enero de 2011 22:44 2011-01-31 22:44 desde IP: 189.174.191.234
En su caso, por renuncia voluntaria (O abando de tabajo) solo correspondería:
El pago de salarios devengados (incluyendo horas extras y días de descanso obligatorio laborados).
Parte proporcional del aguinaldo.
Pago de vacaciones y prima vacacional (en caso de que no se hayan cubierto aún y/o parte proporcional).
Y a su tiempo (mayo) el pago proporcional del reparto de utilidades.
NO PROCEDE NINGUN TIPO DE INDEMNIZACIÓN.
NI PROCEDE PRIMA DE ANTIGUEDAD (EN CASO DE TENER MENOS DE 15 AÑOS LABORANDO).
Sí requiere asesoría gratuita, para el cálculo del finiquito, la puede conseguir en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, o en el bufete Jurídico estudiantil de alguna escuela o facultad de derecho o en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Y en caso de que se le quiera pagar menos de lo que por ley le corresponde, en cualquiera de los dos primeros, le pueden representar en defensa de sus intereses ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
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