Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 973
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1040

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    La deuda que tiene en su tarjeta de crédito es de carácter civil, no es ningún delito dejar de pagar, la responsabilidad de su obligación, insisto es civil, no penaal.

    Ahora bien, en cuento al citatorio, lo estan citando  en cálidad de testigo, porque una persona al rendir su declaración, manifesto que usted presencio algún hecho posiblemente constitutivo de delito,por ello lo cita el M.P, y es hí donde le dirán que manifieste su declarción sobre tales hechos, claro esta que puede reservarse su derecho a declarr, para que con posterioridad lo hago por escrito, es justamente por esto  por lo que le recomiendo que le lleve el citatorio a un abogado penalista, para que le brinde su opinión.

    Al citarlo en cálidad de testigo, no tiene de que preocuparse, no obstante le recomiendo que acuda a la cita, con la asistencia de un abogado.