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AutorRespuesta No: 1031
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 15:27 2011-03-02 15:27 desde IP: 189.137.111.72
Consultante:
Tuviste la fortunaa de casarte bajo el Regimen patrimonial de separación de bienes, nada le debes dar, los bienes adquiridos anted y durante el matrimonio que esten a tu nombre son tuyos.
¿Pension? , para nada, el señor no se encuentra imposibilitado para trabajar. No le toca nada.
Acude con un Abogado, para que analice que causal puede invocar, o si llegan a un acuerdo; y se divorcian por mutuo acuerdo.
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