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  • Consulta : 863
  • Autor : CAROLINE17
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    Respuesta No: 995

  • CAROLINE17
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Muchas gracias David, ha logrado disipar gran parte de mis interrogantes, solo me queda un mas... para el caso que optara por inscribirlo por la adjudicacion que otorgara el juez en el jucio sucesorio a favor de los herederos;   el registro me lo inscribirpia preventivamente? en virtud de que no tiene antecedente. 

    Pregunto lo anterior por que he estado checando que en mi estado (SLP) se ha reformado la ley del registro publico y ahora la INSCRIPCION DEFINITIVA de inmuebles  ya no se tramita de manera administrativa en el registro, sino  por resolucion judicial. Desde esa perspectiva ¿me recomiedas que lo inscriba previo al juicio sucesorio? para que cuando el juez de lo familiar resuelva sobre la adjudicacion no existan inconvenientes puesto que ya existirà antecedente a nombre del de cujus. ¿No se si se alcanza a comprender mi duda?

    De antemano te agradezco el atender mis consultas. un saludo.