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Fecha de respuesta: Martes 15 de Febrero de 2011 11:33 2011-02-15 11:33 desde IP: 187.137.170.164
Muchas gracias David, ha logrado disipar gran parte de mis interrogantes, solo me queda un mas... para el caso que optara por inscribirlo por la adjudicacion que otorgara el juez en el jucio sucesorio a favor de los herederos; el registro me lo inscribirpia preventivamente? en virtud de que no tiene antecedente.
Pregunto lo anterior por que he estado checando que en mi estado (SLP) se ha reformado la ley del registro publico y ahora la INSCRIPCION DEFINITIVA de inmuebles ya no se tramita de manera administrativa en el registro, sino por resolucion judicial. Desde esa perspectiva ¿me recomiedas que lo inscriba previo al juicio sucesorio? para que cuando el juez de lo familiar resuelva sobre la adjudicacion no existan inconvenientes puesto que ya existirà antecedente a nombre del de cujus. ¿No se si se alcanza a comprender mi duda?
De antemano te agradezco el atender mis consultas. un saludo.
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