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AutorRespuesta No: 883
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 16:29 2011-01-18 16:29 desde IP: 189.136.53.25
Consultante:
Usted puede interponer la excepción de falta de personalidad del actor, pero que proceda es distinto.
Ya que a todas luces se puede apreciar que fue producto de un error mecanográfico, el cual se puede subsanar.
Además de que si el juzgador observa que dicha omisión es subsanable, le otorgará un periodo perentorio al actor de 10 dís, para que aclare o corrija.
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