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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 20:56 2011-01-11 20:56 desde IP: 189.205.41.244
Primeramente, la ley señala que se presumen hijos de los conyuges los hijos nacidos dentro del matrimonio, pero si su marido pretende desconoser su paternidad, debera deducir su acción judicialmente no nadamás alegando e insultandola, en algunas legislaciones estatales existe un termino de tiempo para que el marido contradiga su paternidad, pero si él no procede legalmente y no se determina con sentencia ejecutoriada que no es hijo de él, seguira obligado a proporcionarle alimentos al menor, ahora, si como dicé no le proporciona alimentos y el niño es recien nacido menor de un año y fue abandonado por el padre, ud puede pedir la perdida de la patria potestad de él, lo cual no lo exime de su obligacion de seguir proporcionandole alimentos.
Espero haberle servido en su consulta.
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