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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 22:19 2011-01-08 22:19 desde IP: 189.205.41.244
Estimada amarasi 29, su situación de pareja es de concubinato por lo que primeramente deberá interponer formal querella ante la Agencia Especializada en Delitos Familiares, probablente en el DIF de su municipio se encuentre la Procuraduria, en contra de su concubino, por violencia familiar en base a lo estipulado en el artículo 243 Bis del Código Penal de su Estado, que preceptúa qué: Por violencia familiar, se entiende el uso de la fuerza física o moral, así como la omisión grave que de manera reiterada se ejerza en contra de un miembro de la familia por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas, independientemente de que pueda producir o no otro delito. Comete el delito de violencia familiar, el cónyuge, concubina o concubino, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado, que habite en la misma casa de la víctima. En la Procuraduria del DIF, se encuentra personal especializado para determinar el grado de los daños psicologicos que Ud, presente, además dentro de su querella, de igualforma señale la situacion del vehiculo adquirido con su dinero para el enganche, si tiene comprobantes de la venta del primer vehiculo que vendío exhivalos y adminiculado con un buen interrogatorio asu concubino es posible el reconocimiento por parte de él, en cuanto al inmueble pidale a su familiar dueño sel mismo, que le elabore un contrato de comodato a nombre de Ud. con la fecha del inicio de la ocupación de la casa. para evitar darle asu pareja la oportunidad de seguir de comodino, he de precisarle, que es necesario que de una forma u otra deje de cohabitar con él, por lo que pida la separacion de su concubino de la casa que habitan.
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