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AutorRespuesta No: 678
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Noviembre de 2010 15:03 2010-11-30 15:03 desde IP: 187.198.144.177
Hola, respecto a tu pregunta de la vigencia del poder para pleitos y cobranzas, pues bien el Poder concluye cuando una de las parte fallece o para el caso que el mandatario lo revoque ante el Notario que lo otorgo.
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