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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Noviembre de 2010 10:09 2010-11-26 10:09 desde IP: 189.135.205.214
Buenos Dias Preocupado Regio:
Antes que nada me disculpo por no conocer la legislación de Nuevo Leon, ya que yo litigo en el D.F. pero existen instituciones del derecho comunes a todos los estados
Primero sería bueno que nos aclararas que es para ti colateral, que ha ocurrido con el juicio entablado, si es en tu contra o en contra de quien?, a cuanto asiende el adeudo? si ya existe sentencia y desde cuando fué dictada? si ademas te demandados y/o condenaris a intereses ? y/o al pago de otras cosas?, y si estas condenas se han actualizado mediante sentencias interlocutorias?
Ahora bien, al menos aquí en el D.F. no puedes demandar a la hipotecaria (o a quien tenga el crédito hipotecario a su favor) la posesión, podrías en todo caso, promover una TERCERIA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA, pero solo para el caso de que tuvieras un crédito PREFERENTE AL HIPOTECARIO, (que no creo) o bien para el caso de que HUBIERAS HECHO MEJORAS IMPORTANTES y demandar una especie de quita, o sea que al momento del remate se considere la cantidad de las mejoras y/o del crédito preferente.
Pero, si tu eres casado o vives ahí con algun acreedor alimentario tuyo, ésta persona si te podría demandar por alimentos y garantizar con la casa, pero la verdad es un acto muy arriesgado, porque estarías cometiendo fraude de acreedores, tendrías que contratar a un abogado muy habil pues si te cachan es delito.
Yo lo que te puedo aconsejar es q
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