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  • Consulta : 483
  • Autor : grupotriatium
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  • Autor
    Respuesta No: 589

  • grupotriatium
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos Dìas,

    El comprador no debe firmar pagares, pero es una buena estrategìa de parte del vendedor para asegurar el pago. El interès moratorio lo establece el vendedor, un buen interès depende en base a la negociaciòn. No existe ningùn fecha determinada para que se regrese la propiedad, eso dependerà del interès del vendedor y que tan estricto quiera ser en el contrato, es decir es abierto.

    Concluyendo es usted el que determina todos los planteamientos que hace, ya que son cuestiones sujetas a negociaciòn en cada caso en particular.