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AutorRespuesta No: 5815
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Noviembre de 2015 01:37 2015-11-03 01:37 desde IP: 189.190.219.32
Estimada Señora: En efecto usted tiene Derecho a una Pensión Alimenticia por parte de su esposo, y la Ley del Seurgo Social establece que las Pensiones IMSS pueden ser embargables por Alimentos hasta un 50%. Por tanto podría demandar la Pensión Alimenticia Provisional y en su caso Definitiva sobre la Pensión IMSS de su Cónyuge, desde luego proporcionando todo los datos posibles para que el Pagador IMSS tenga elementos para efectuar el descuento, pues de lo contrario la ejecución del oficio de descuento podría ser complicada. Es necesario indicar que deberá acreditar la necesidad de la pensión como ama de casa con pruebas, pues la presuncion legal en alimentos solo opera para menores o incapaces, ya que hay jurisprudencia que si el deudor alimentista acredita que su conyugue es capaz de trabajar podria ser absuelto de la pension alimenticia.
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