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AutorRespuesta No: 5213
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Marzo de 2013 09:28 2013-03-25 09:28 desde IP: 201.141.113.120
La custodia la tiene de hecho, no por el derecho que declaró el juez. Debe contratar abogado o acudir a los tribunales de su ciudad para asesorarse puntualmente. Y es probable que obtenga la custodia que ha venido ejerciendo.
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