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  • Consulta : 4660
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 5184

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que puedes pedir es el cumplimiento del convenio en los términos en los que se obligó el deudor alimentario, con la correspondienyte aplicación de una medida de apremio en caso de que incumpla, que puede ser desde una multa hasta un arresto admiistrativo. Esto se hace por medio de un incidente, y lo realiza un abogado,

    De igual forma tienes la acción penal, ya que el incumplimiento en el pago de alimentos, esta tipificado como delito y sancionado con pena corporal.