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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Agosto de 2013 22:20 2013-08-12 22:20 desde IP: 187.186.48.185
Con mucho respeto ofrezco mi opinión acerca de tu duda, valoro su humildad y sinceridad.
Ahora con respecto de continuar tu juicio, creo que etas confundida, ya que si estas en la primera etapa de tu juicio y te encuentras en la parte de contestación de oficios, aun no existe un albacea, ya que después de la remisión de contestación de los oficios se determina si tu sucesión será testamentaria o intestamentaria, y para el caso de que no existiera testamento el nombramiento de albacea se realiza después de la junta de herederos, o excepcionalmente se puede eximir si desde un principio nombran a uno, pero aun no tiene ese carácter aun; espero no confundirte.
Concentrándome en tu duda, lo que debes de realizar es una nulidad de testamento enunciando las causas que mencionas que ya no estaba lucida la de cujus, etc. el formato es como cualquier nulidad.
Espero le sirva mi opinión Atentamente Abogado Hidalguense especialista en Derecho Civil y Mercantil, si quieres algún formato te invito a seguirme en twitter en: AbogadoCsar y "https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1">https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1
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