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  • Consulta : 4640
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola Buenas Tardes.

    Si se pueden cobrar los pagares mediante la via ejecutiva mercantil, pero es necesario que antes que nada tengas bien localizados al deudor principal y al aval para poderles notificar y por otro lado y tal y como ya te lo habia comentado mi colega, es necesario que tengas conocimiento de que por lo menos alguno de los dos deudores tenga algun tipo de bien que se le pueda embargar.

     

    ANZORENA SANCHEZ RUIZ ASOCIADOS

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