- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 4640
- Autor : ortizrubiolegal
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 556
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 88 % -
: 11 %
-
AutorRespuesta No: 5162
-
Fecha de respuesta: Viernes 15 de Marzo de 2013 16:09 2013-03-15 16:09 desde IP: 187.232.223.114
Hola Buenas Tardes.
Si se pueden cobrar los pagares mediante la via ejecutiva mercantil, pero es necesario que antes que nada tengas bien localizados al deudor principal y al aval para poderles notificar y por otro lado y tal y como ya te lo habia comentado mi colega, es necesario que tengas conocimiento de que por lo menos alguno de los dos deudores tenga algun tipo de bien que se le pueda embargar.
ANZORENA SANCHEZ RUIZ ASOCIADOS
ESPECIALISTAS EN COBRANZA Y ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO
TEL. 47513179
w w w. despachodeabogadoscobranzayarrendamiento. com . mx (junto)
-
Autor





