- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 4632
- Autor : Lic. Labra
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 15
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 5219
-
Fecha de respuesta: Lunes 25 de Marzo de 2013 10:06 2013-03-25 10:06 desde IP: 201.141.113.120
Buscar que conste en documento la cesión o compra de la parte de ese bien. Hay procedimientos a su vez para demandar. Se recomienda contratar abogado. Atte lic labra 5531946811
-
Autor





