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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 12:55 2014-02-18 12:55 desde IP: 189.203.0.37
Efectivamente para los efectos de hacer valer los derechos de tu abuela, es necesario se acredite en ese juico que al momento de demandarla ya había fallecido. Para que pueda tener un representante es necesario que se inicie el juicio sucesorio correspondiente y cuando esté nombrado el albacea puede comparecer en el juicio de arrendamiento.
Saludos.
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