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  • Consulta : 4608
  • Autor : ABOGADALUZ
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  • Autor
    Respuesta No: 5235

  • ABOGADALUZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Entiendo tu planteamiento, en efecto en el estado de Querétaro, aún cuando se haya ratificado el convenio sobre pensión alimenticia ante el Juez, éste debe de calificar dicho convenio, en algunos juzgados, e inclusive recae una resolución con carácter de sentencia (juzgado tercero familiar por citarte un ejemplo) y en otros por lo general recaé un simple auto mediante el cual dice que se aprueba el convenio en los terminos estipulados (juzgado quinto familiar por tambien darte un ejemplo).

    Si tu esposo o pareja no quiere firmar el escrito en donde ambos solicita que se apruebe, solicito, que solamente el escrito lo firmes y presentes tu, sin manifestar dicha situación y dependiendo de lo que te conteste el juez, podras pedir la ejecución si te acuerda de conformidad laaprobación del convenio una vez que cause ejecutoria o bien iniciar un juicio o continuar con el que existe.

    Ahora bien, para fijar el momento de la pensión se toman en cuenta varios aspecto que no indicas en tu escrito, y ésto te lo indico que tienes que considerarlo para ver si te conviene iniciar un nuevo juicio o renegociar el pago de la pensión.

    Suerte.