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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Febrero de 2013 17:33 2013-02-14 17:33 desde IP: 187.233.185.0
Ya te dije lo que tienes que hacer. Mientras no te demande el reconocimiento de paternidad, no estás obligadado legalmente a nada ok. ¿ quedo claro ?
¿ quieres reconcer a tu hijo ? vayan al registro civil y listo, y hacen un convenio de aliementos y lo presentan al juzgado y ya. O te esperas a que la madre te demande el reconocimiento de paternidad.
No sé que es lo que no te queda claro, francamente.
En cuánto al porcentaje , no existe uno en la ley, puede ser desde el 15% hasta el 30%, pero se pueden poner de acuerdo, tu y la madre, ok.
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