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  • Consulta : 4464
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 4916

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Así como el padre tiene la obligación de pagar alimentos, es su derecho convivir con su hijo. Ahora bien, como tu hija es un bebé, no cumple ni el año, muchos jueces no autorizan que el papá se lo lleve, si no que, las convivencias serán en la casa de la madre o en un lugar que designe el juez, por ejemplo en el distro federal, existe un centro de convivencias. Esos detalles se verán durante el procedimiento que inicies para demandar el pago de la pensión alimenticia. Consulta a un Abogado de tu localidad.