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  • Consulta : 4380
  • Autor : LIC. AMRA
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  • Autor
    Respuesta No: 4808

  • LIC. AMRA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO, artículo 86 de la Ley de Amparo y no hay otro medio de defensa, le recuerdo la importancia de los terminos pues fenecen y Usted no interpuso el recurso que correspondia pierde Usted el derecho que le asistió... ojo con eso, le envio un cordial saludo desde Los Mochis, Ahome, Sinaloa, México, donde las palmas tocan el cielo y donde las mujeres son bellas por naturaleza..