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  • Consulta : 4375
  • Autor : LIC. AMRA
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  • Autor
    Respuesta No: 4807

  • LIC. AMRA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, los saludo desde Los Mochis, Ahome, Sinaloa, México, lugar donde las palmas tocan el cielo y donde se sienten o se huelen los vientos con olor a caña, con respecto a la cuestion en turno es importante que el consultante nos diga de que año-modelo es el vehículo, por que si es menor a los 10 años no es posible llevar a cabo una juris vol con los fines que el quiere por el motivo de la ley que lo regula, pero si es mayor entonces si es procedente, si es menor con el solo acudir a la empresa automotriz que le vendio el auto le re-expiden una copia certificada de la factura, o bien que en la direccion, delegacion o lo que corresponda de transportes que solicite las copias certificadas del o de los documentos con los que se dieron de alta en el registro estatal de vehículos, ojo aclaro que de manera obligatoria tiene que interponer la denuncia correspondiente ante A.M.P.F.C.