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AutorRespuesta No: 4818
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Enero de 2013 17:27 2013-01-07 17:27 desde IP: 201.141.148.216
Hola Buenas Tardes.
En principio le comento que el DIF no es la autoridad indicada para otorgar la guarda y custodia de un menor, la demanda de guarda y custodia se tendria que tramitar ante un juez de lo familiar, si usted quiere pelear la guarda y custodia de la menor tendria que ofrecer pruebas periciales en psicologia, psiquiatria y trabajo social a efecto de que el juez constante si verdaderamente la niña esta siendo afectada por su madre y que tanto daño psicologico le ha causado, para poder quitarle la guarda y custodia, al usted ingresar este tipo de demanda, muy probablemente ella le reconvenga o contrademande con la pension alimenticia para la menor, y en la cual derivaria de inicio girarle un oficio a su empresa para que en principio inicie haciendo el descuento de pensión alimenticia provisionalmente, por otro lado le comento que ella al nunca haber sido concubina o conyuge, no se encuentra en facultades para reclamar una pension alimenticia para ella.
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