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  • Consulta : 4336
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 4768

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado:

    Durante la duración del vinculo matrimonial, los contrayentes pueden variar el régimen por el cual se encuentran unidos, esto es, si se encuentran bajo el régimen de separación de bienes, en el momento que lo deseen pueden optar por modificarlo, y establecer un régimen de sociedad conyugal con las implicaciones legales que ello conlleva, de ahí que el articulo establezca el que se concluya la separación y sea sustituido por la sociedad conyugal.

    Cualquier duda la comentamos con gusto.

    Lic. Miguel Ángel García Yañez.