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  • Consulta : 4321
  • Autor : CLAUDIA HELEN
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  • Autor
    Respuesta No: 5336

  • CLAUDIA HELEN
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no existe Régimen de SOCIEDAD CONYUGAL, no es necesario hacer liquidación de la misma, porque no hay tal. De cualquier maneram, en tu sentencia de divorcio debe haber tal aclaración, en alguno de sus puntos resolutivos.