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  • Consulta : 4304
  • Autor : NAVARROCARLOS
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  • Autor
    Respuesta No: 4712

  • NAVARROCARLOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Supongo que ya estudiaste los elementos de la prescripcion positiva o usucapion.

    La intencion es obtener la propiedad mediante un juicio en contra del propietario que aparezca en el RPP.

    Ahora aquella constructora dices que no existe, o no sabes cual es su domicilio.

    Este es el plan.

    1. Demandas a la Constructora, y en tu escrito manifiestas que desconoces su domicilio.

    2. Manifiestas al  juez que desconoces el domicilio del demandad.

    3, solicitas gire oficios a SHCP o SAT, ya que si es una empresa debe de estar dada de alta como contribuyente,

    y el SAT o SCHP te dara su domicilio fiscal, en caso de que se haya disuelto la sociedad el SAT lo manifestara.

    Ahora, si se disolvio o se creo una nueva, pues demandas a la nueva, si se disolvio, tendriamos que estudiar los efectos 

    de la disolucion de sociedades, pero aqui depende de que tipo de sociedad.

     

     

    gracias, espero te sirva.