Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 4116
  • Autor : Lic. Manuel Vega
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 316
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 4552

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos dias; existen dos posibilidades: Si usted llega a adjudicar el bien entoncs quedaran como copropietarios, y la unica manera de obligar a su copropietario a vender es mediante un juicio conocido como venta de cosa comun.

    Le sugiero que como albacea solicite (antes de adjudicarse) autorizacion al juez para vender, siempre y cuando acredite que es para pagar una deuda de la herencia u otro gasto urgente ( revise los articulos 1717 y 1758 del Codigo Civil del DF)