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  • Consulta : 4081
  • Autor : BENYMAR
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  • Autor
    Respuesta No: 4507

  • BENYMAR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si en el convenio se pactó una pensión para la señora y los hijos, lo único que tienen que hacer es cumplirlo en sus términos. Si no hubo convenio, La señora tendrá que demandar a su concubino y, si éste está dispuesto al pago de la pensión, lo único que tiene que hacer es allanarse a la demanda y proceder ambos a celebrar un convenio ante el Juez para el pago de la pensión.