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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Octubre de 2012 18:22 2012-10-26 18:22 desde IP: 201.151.45.198
Licandaverde el que tiene preferencia es el primer embargo y el Juicio a promover es el Juicio de amparo dentro de los quince dias al que tuvo conocimiento usted. Aclarando que hay que leer la cesion de derechos realizada y lo que acordo el Juez. respecto de su cesion de derechos y desde cuando tuvo conocimiento del segundo embargo los cedentes y usted, en caso que los cedentes tenian conocimiento del segundo embargo habia que elaborar una querella.
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