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  • Consulta : 3999
  • Autor : BEDOYA ABOGADA
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  • Autor
    Respuesta No: 4387

  • BEDOYA ABOGADA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes, en efecto, tu como padre tienes derechos y obligaciones, tu obligación principal es darle alimentos lo cual haces, entonces también tienes derecho de visitas, debes promover un juicio de régimen de visitas, en las cuales se estipule los tiempos que puedes convivir con el menor, para padre son un fi. Cada quince días, día del padre, una fiesta decembrina y vacaciones de verano a la mitad. El Niño ya puede estar contigo el fin completo, ya que apesarase ser muy chico ya no es un lactante que necesite tener pegado a la mama y por ende puede estar contigo. Te recomiendo te asesores y empieces el trámite, puede que al principio en lo que dura el juicio tengas que hacer tus visitas en un centro de convivencia, pero paciencia esto no será siempre sólo en lo que se valora tu relación con el menor y en lo que se valora de la misma forma que no pones al menor en ningún riesgo. Me permito darte mi usuario de Facebook es de nueva creación pero daremos tips de esos temas y te pueden ser de ayuda, de la misa forma me pongo a tus órdenes Facebook. Acción legal empresarial- área civil