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  • Consulta : 3894
  • Autor : Lordred
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  • Autor
    Respuesta No: 4526

  • Lordred
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Según se entiende de la historia que narra, su abogado ya concluyó el trámite de divorcio y obtuvo una sentencia firme, es decir, que no admite recurso en contra, en este punto usted ya se encuentra legalmente divorciada, y no se puede revertir nada de eso, pues la única manera de haberlo revertido era con la conciliación de los cónyuges o el desistimiento ya de la acción o ya de la demanda, pero eso era antes de que surgiera la sentencia definitiva, por tal motivo el último trámite que falta es presentar dicha sentencia ante el registro civil para que se realice el acta de divorcio y/o la anotación marginal en el acta de matrimonio, esto es un requisito, pero no tiene efectos constitutivos, es decir, que aún y cuando no esté levantada el acta de divorcio en el registro civil, usted ya se encuentra legalmente divorciada si así se lo dijo el Abogado, solo falta la inscripción respectiva, a estos efectos eventualmente puede suceder que en ciertos trámites le exijan específicamente el acta de registro civil de divorcio, pero el que ésta no se haya levantado no implica que no exista, espero le Oriente mi respuesta.