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  • Consulta : 3819
  • Autor : Juslex
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  • Autor
    Respuesta No: 4228

  • Juslex
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues la via es la correcta porque el pagaré ya perdió ejecutividad, sin embargo, si no haces mencion en los hechos sobre la causal que los originó y a la vez no allegas testigos para probar la causal o cualquier otro documento que compruebe la causa original de dichos pagarés, tenlo por seguro que saldra improcedente.