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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Septiembre de 2012 12:09 2012-09-13 12:09 desde IP: 201.103.127.31
Si se reaiiza en forma privada, sólo surte efectos entre las partes contratantes.
Mientras que si lo formalizan ante Notario Público, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, lo que le dará publicidad a dicho acto y surtirá efectos frente a terceros.
Le sugiero acuda ante Notario Público de su confianza e incluso en las Jornadas Notariales, le pueden dar asesoría jurídica gratuita al respecto.
Acuda a la Dirección General de Regulariización Territorial del D. F. ubicada en Izazaga 89, 7o. Piso, Col. Centro, a unos pasos del metro Isabel La Católica.
Suerte!
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