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  • Consulta : 3785
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 4168

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El porcentaje por concepto de pensión alimenticia lo fija el Juez que conozca del asunto, tomando en consideración las posibilidades del deudor, como las necesidades del acreedor alimentario.

    En tal sentido, puede ir desde un 10 a un 20% por cada uno de los acreedores alimentarios.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en derecho familiar de su Estado, ya sea particular o de oficio.

    Suerte!