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  • Consulta : 3662
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 4057

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no se ha dictado la sentencia definitiva, no puedes promover en la vía incidental se modifique la pensión provisional, te reitero que debes solicitar la continuación del procedimiento y argumentar que se tome en consideración la mayoría de edad de los hijos y que se les llame a juicio, para que si es su interés manifiesten lo que a su interés convenga.

    Probablemente el Lic. eiura, no leyó que no había sentencia definitiva, pero hago la aclaración para que el consultante, no se confunda.

    Saludos a todos!