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AutorRespuesta No: 3892
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Agosto de 2012 16:14 2012-08-02 16:14 desde IP: 201.141.30.88
Buenas Tardes.
Si cediste la guarda y custodia, se lacediste a la abuela materna, en caso de que alguno de los padres o en este caso especificamente la madre de tu hija quisiera que se le de la guarda y custodia tendria que iniciar un incidente de cambio de guarda y custodia para que el juez se la otorgue a ella por ya ser mayor de edad, si ella no quisiera mover nada y seguirle dejando la guarda y custodia a su madre, tu tendrias que iniciar un incidente dentro del juicio principal solicitando un regimen de visitas y convivencias, las cuales en principio establezara el juez de manera provisional y estas varian de acuerdo a la edad de la menor en un principio pueden ser visitas cortas y en un centro de convivencias supervisado a fin de que la menor te vaya conociendo y adaptaando asi, posteriormente tendran que establecer un lugar de visitas, dias y horarios o en su defecto el juez se los decretara en la Sentencia Definitiva.
Ahora bien, respecto de la Pensión Alimenticia te la tendria que solicitar la abuela materna en tanto ella ejerza la la guarda y custodia, esta varia de acuerdo a las necesidades alimentarias de tu menor hija y al criterio que tome el juez al momento de evaluar la demanda puede ser de entre un 15 hasta un 45%.
Acercate a un abogado especialista en tu entidad para que te aclare tus dudas subsecuentes.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
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