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  • Consulta : 3440
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 3760

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues se me hace muy raro, porque ninguna Ley o Jurisprudencia establecen una edad determinada.

    Es mientras se siga teniendo la necesidad y si ya cumplieron la mayoría de edad y están cursando estudios acordes a su edad, entonces subsiste la obligación de continuar con la pensión.

    Ahora bien, siempre hay recursos, pero también hay plazos, si se dictó la sentencia y no se apeló, pues ya no hay más que hacer, más que un nuevo incidente.

    Pero todo eso se los debe explicar el abogado que contrataron para el incidente.

    Es difícil que aquí podamos decir u opinar sobre algo que no vemos, puesto que es necesario leer la sentencia y todo el expediente...