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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Julio de 2012 19:39 2012-07-15 19:39 desde IP: 201.103.98.194
La guarda y custodia de los menores la tienes tú, porque éstos viven contigo.
Puedes demandar tanto el pago de una pensión alimenticia para tus hijos como la pérdida de la patria potestad, por el incumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
Si él no trabaja y tú sí, efectivamente el puede demandarte el pago de una pensión alimenticia, puesto que el derecho de recibir alimentos entre los cónyuges es recíproco y la obligación de dar alimentos a los hijos, es de ambos.
Asístete de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de tu Estado.
Suerte!
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